¿Qué son los suplementos dietarios? son productos especialmente formulados y destinados a suplementar la incorporación de nutrientes en la dieta de personas sanas, que presentan necesidades dietarias básicas no satisfechas o mayores a las habituales. Son de venta libre que por lo general contienen algunos de los siguientes nutrientes: proteínas, lípidos, aminoácidos, glúcidos o carbohidratos, vitaminas, minerales, fibra dietaria y hierbas.
Cabe destacar que una dieta completa y equilibrada debe proveer todos los nutrientes necesarios para el mantenimiento de las funciones fisiológicas del organismo. Por lo tanto, un suplemento dietario sólo deberá consumirse en determinadas circunstancias: cuando no sea posible llevar a cabo esa dieta “ideal”, o debido a un estado fisiológico particular que requiera un aporte extra de algún nutriente.
Los suplementos dietarios pueden presentarse en forma de tabletas, cápsulas, comprimidos, polvos, gotas, etc. No deben ser confundidos con los medicamentos porque, a diferencia de éstos, se encuentran destinados a personas sanas y no deben ser consumidos con la esperanza de mitigar, curar o tratar alguna dolencia.
En la Argentina, los suplementos dietarios se encuentran incorporados al Código Alimentario Argentino (CAA) desde el año 1998.
Suplementos y Farmacias
La característica de venta libre de estos productos hace posible que sean adquiridos además de en Oficinas de Farmacias, también en “dietéticas”, gimnasios, web, etc.
En los últimos años, la creciente modalidad de oferta de suplementos dietarios por Internet y por correo electrónico preocupa a las autoridades sanitarias debido a que, en esas circunstancias, no puede garantizarse la calidad de los productos que se adquieren.
Es por eso que en el último tiempo ha comenzado a trabajarse de manera más profunda en la concientización de la importancia de que el sector Farmacéutico sea el encargado de la dispensa y asesoramiento a los pacientes que lo requieran. Asimismo, los Farmacéuticos pueden por sus incumbencias y su formación elaborar los suplementos dietarios que cada paciente necesite.
Como ya hemos mencionado con anterioridad en otras publicaciones, este tipo de productos que tienen una interacción directa con el organismo y en consecuencia con la salud deben ser tratados en un marco de “Farmacovigilancia” que permita asegurar la calidad, la cantidad, la asociación de componentes, entre otros. Una situación similar a lo que sucede con el aceite de cannabis.
Dicho esto, desde el CFLP nos encontramos trabajando fuertemente en el alcance y capacitación a los Colegas de las diferentes áreas que componen nuestra profesión, porque sabemos que cada vez más ámbitos propios han comenzado a ser terreno de otros.
Como creemos que es esencial que los profesionales que integran nuestra comunidad tengan las herramientas necesarias para defender sus intereses, el pasado sábado 21 de septiembre desarrollamos una Jornada a cargo del Farmacéutico Guillermo García específicamente sobre suplementos dietarios y la elaboración de algunos de ellos en nuestras Farmacias.
Asimismo, a partir del contacto con este profesional y a raíz de su trabajo en diferentes localidades del territorio bonaerense también surgió la inquietud de desarrollar una Ordenanza que regula la dispensa de estos productos poniendo el énfasis en la importancia de contar con un profesional Farmacéutico para atender las diferentes contraindicaciones que el consumo de estos suplementos pueden tener en el organismo y en la salud especialmente de las poblaciones más jóvenes.