Convenio Meppes: ¿siempre fuera de la agenda oficial?

04 de mayo de 2015
El 22 de abril nuestra filial envió al Colegio provincial un requerimiento (Vea el original aquí) sobre el Plan IOMA / Meppes que se ha tornado muy perjudicial para los farmacéuticos bonaerenses, pero particularmente para los colegas de La Plata.Nuevamente advertimos con gran preocupación que no exista manifestación pública alguna desde el Colegio Central respecto el tema en cuestión, de lo que inferimos que la problemática señalada no figura dentro de la agenda de prioridades de la gestión provincial.

Desde esta Filial se han formulado diversas peticiones en ese sentido, las cuales siempre han sido desoídas (vea todas las notas y opiniones de reclamo y propuestas).

En el documento reiteramos nuestros reclamos de una Actualización del HONORARIO FARMACÉUTICO, que ya resulta incompatible con la dignidad que debe tener la remuneración del profesional farmacéutico.

Como se puede ver en las presentaciones mensuales del año 2014, el IOMA dispuso para los farmacéuticos la irrisoria suma promedio de  $ 2.500.000; mientras que para la provisión de los Medicamentos de Alto Costo estableció en favor de la Industria la suma de $ 220.000.000, con una bonificación que apenas alcanza el 23% (promedio ) del PVP.A la fecha los farmacéuticos percibimos un porcentaje que no llega a un 1% (promedio)  del PVP del medicamento que estamos dispensando, un valor que desde el 2011 no se ha actualizado.

Uno de las argumentos más fuertes para justificar el convenio IOMA MEPPES / Industria era el ahorro que signficaba para el IOMA la compra directa de medicamentos a los laboratorios productores.

Actualmente la Industria le hace al IOMA una bonificacion sólo del 23 % del PVP, un beneficio muy bajo para las arcas del Estado, dada la millonaria suma que el IOMA desembolsa en favor de la Industria.

La exigua bonificación del 23% quedó muy lejos del ahorro del 40 % que el Presidente del IOMA refirió en reiterados discursos (*), hablando de la compra directa de medicamentos a los laboratorios.

El 23% del PVP es una bonificacion casi comparable a la que muchas farmacias (hoy el eslabon más débil) hacen obligadamente a los prepagos, del orden del 20%

Grafico-Meppes3

Cualquier convenio digno para DISPENSA DE MEDICAMENTOS DE ALTO COSTO debería prever una remuneración no menor al 7% del valor del mismo, atendiendo al cúmulo de trabajo, las responsabilidades y erogaciones que implica la prestación comprometida.También resultamos gravemente perjudicados por el pasaje de medicamentos del AMBULATORIO al MEPPES.

Es un reclamo histórico de nuestra Filial la oposición a esta migración de  medicamentos que están destinados a patologías crónicas como diabetes, epilepsia, artritis reumatoidea, psicosis, factores de riesgo como osteoporosis, etc., que deberían estar en el plan ambulatorios.

Revertir esta injustificada práctica representaría devolver a  las farmacias, la suma de  190 millones de pesos anuales.

A título de ejemplo podemos citar los siguientes:     HIPOGLUCEMIANTES (METFORMINA / ROSIGLITAZONA / GLIMEPIRIDA / GLIBENCLAMIDA / SITAGLIPTINA / LINAGLIPTINA / ROSIGLITAZONA / REPAGLINIDA / PIOGLITAZONA)

ANALOGOS DE INSULINA  Y OTROS (LISPRO MODIFICADA / LIRAGLUTIDA)

ANTIEPILEPTICOS ( OXCARBAMACEPINA / LEVETIRACETAM / TOPIRAMATO / VALPROATO /  LAMOTRIGINA)

ANTIPSICOTICOS (OLANZAPINA / RISPERIDONA / ARIPIPRAZOL / CLOZAPINA )

ANTIRREUMATICOS (LEFLUNOMIDA / METOTREXATO)

ESTEROIDES (MEPREDNISONA)

BIFOSFONATOS (ALENDRONATO / IBANDRONATO / PAMIDRONATO)

ANTICOAGULANTES (ENOXAPARINA)

ESTIMULANTES DE COLONIAS G  (FILGRASTIM)

COLERETICO (ACIDO URSODESOXICOLICO)

Por otra parte EXIGIMOS LA DISPENSA DE TODOS LOS MEDICAMENTOS DE ALTO COSTO Y MUY ALTO COSTO A TRAVÉS DEL CONVENIO MEPPES.Nos preguntamos de qué manera se “entregan” los siguientes medicamentos que no pasan por nuestras farmacias y que deberían ser entregados exclusivamente en las farmacias a los afiliados del IOMA:

1. INDUCCION DE TRASPLANTES (daclizumab, timoglobulina)

2. INMUNOSUPRESORES MONOCLONALES (belimumab)

3. TRATAMIENTOS BIOLOGICOS DE USO HABITUAL EN REUMATOLOGIA (tofacitinib, tocilizumab)

4. TRIPLE TERAPIA ARV EN SIDA

5. AFLIBERCEPT en DEGENERACION MACULAR ,RANIBIZUMAB. (No lo recibe ningún afiliado?)

6. IOMA no cubre ACIDO HIALURONICO intrarticular

El reclamo al CFPBA ha sido constante, prueba de ello son las numerosas notas enviadas desde el CFLP pidiendo la exclusión de estos medicamentos y la actualización de los honorarios farmacéuticos que desde el año  2011 no se han modificado.Consideramos que la situación ha llegado a su límite.

Exigimos que el Colegio Central arbitre las medidas necesarias: sean estas políticas, contractuales, gremiales y/o judiciales a efectos de poner fin a esta grave situación que implica nada más y nada menos que un vaciamiento de nuestras farmacias.

(Vea la carta original enviada al Colegio provincial).

Referencias:(*) En Noviembre del 2002, el Dr. Antonio La Scaleia como Director General de prestaciones del IOMA, eleva al presidente del Instituto Lic. Javier Mazza, un informe sobre un Proyecto de Convenio que modificaría algunas cuestiones sustanciales del convenio vigente MEPPES.

En dicho informe el Dr. la Scaleia sostiene: “…Que la Industria farmacéutica aportará al proyecto su capacidad financiera, con el objeto de sostener el Programa MEPPES, de altísimo costo, cubriendo la brecha existente entre el precio de venta al público de los medicamentos, y el valor convenido con el IOMA por los mismos, soportando además una eventual suba de precios, en tanto y en cuanto no altere la ecuación financiera tenida en cuenta al concebirse la propuesta en análisis”.

También dice que “…en dicho marco, y a los fines de mantener estables la referidas variables se ha considerado prestacional y económicamente conveniente, que dicho acuerdo excluya pañales, bolsas de ostomía y accesorios en general. Ello mereció el estudio pormenorizado de dichos elementos, a fin de medir con precisión su consumo, valores, etc., para luego, y sobre la base de recurso disponible, establecer un tratamiento por separado con condiciones particulares de contratación.”.

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